DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano ARNALDO JOSE ALVARADO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.636.148; contra la entidad de trabajo TRANSPORTE C.G, C.A,
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar la cantidad de (30) Treinta Petros por concepto INDEMNIZACION DE DAÑO MORAL por accidente de trabajo derivado de la teoría del riesgo establecida en el articulo 1.196 del Código Civil los cuales deberá pagar al valor que esta criptomoneda tenga, para el momento del efectivo pago y por lo que en consecuencia se exime a la demandada de pagar indexación o corrección monetaria por este concepto.
TERCERO: Se condena a la demandada a pagar la cantidad de MIL BOLIVARES CON CINCUENTA CENTI.....