DE LA DECISIÓN
En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 580-2017 de fecha 01 de diciembre del año 2017, expediente administrativo Nº 001-2015-01-00427 dictada por la Inspectoria del Trabajo, interpuesta por la empresa CONSORCIO OLEAGINOSO PORTUGUESA, S.A. (COPOSA); en contra de la ciudadana ISABEL DURAND CEDEÑO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero de primera instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, a los ocho (08) día del mes de agosto de 2018.
LA JUEZ 1ERO DE JUICIO
ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA .....