II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por FERRECENCA, C.A.
SEGUNDO: PROCEDENTE la suspensión provisional de de los actos administrativos dictados por la Inspectoría del Trabajo del estado Portuguesa de fechas 05/09/2014, 23/09/2014 y 23/10/2014 hasta tanto haya sentencia definitivamente firme que se pronuncie sobre la legalidad o no de los actos administrativo impugnados, todo ello por cumplirse los extremos previstos en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y por tanto se ordena la separación del cargo de cajera principal de la ciudadana Dulce María Dorante en la entidad de trabajo FERR.....