DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara;
PRIMERO: La PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento incoado por las abogadas LUZ KARIME ROJAS Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad números V-12.971.192 e inscritas en el IMPREABOGADO bajo el número 109.318 Actuando en nombre y representación de los ciudadanos ANGEL RAMON ARRIECHI, ALEXANDER JOSE MORALES y MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades números: V-12.964.489, V-12.965.316, V-11.848.494 contra la entidad de Trabajo la ALCALDIA DE PAEZ DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: No se condena a los Actores a pagar las costas Procesales por la naturaleza del fallo y siendo que los actores devengan menos de tres sa.....