DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad en contra de la providencia administrativa Nº 144-2014 de fecha 17 de febrero de 2014, en ocasión a la existencia de la causal de inadmisibilidad contenida en el Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.