DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: SE HOMOLOGA con carácter de cosa juzgada la transacción laboral celebrada entre el demandante y el demandado, por el monto que a continuación se detalla y número de cheque; se le paga al ciudadano ALEJANDRO RODRIGUEZ BASTIDAS, la cantidad de Bs. 120.000,oo, mediante cheque signado con el N° 00852902, contra la cuenta N° 0108-0201-65-0100026476 de fecha 09/12/2016.
Publicada en el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial de estado Portuguesa, con sede en Acarigua del estado Portuguesa, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año 2016.
Años: 206º de la Independencia y 157 º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjes.....