DISPOSITIVA.
Finalmente, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DEL RECURSO DE NULIDAD intentado por el recurrente VICENTE EMILIO PEREZ RODRIGUEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-3.869.664, por medio del cual solicitó que se declarada la Nulidad del auto de admisión de fecha 15/02/2017, en el expediente número N° 001-2017-01-00307, dictado por la Inspectoría del Trabajo, sede Acarigua.
SEGUNDO: No se emite pronunciamiento en costas por tratarse de una acción de naturaleza laboral intentada por un trabajador que devenga menos de tres salario mínimos de conformidad con el Articulo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo., por considerar quien decide que esta ultima disposición legal resulta ser la mas conveniente para la resolución del presente asunto, tal como lo autoriza el artículo 31 de la.....