III
DISPOSITIVA.
Finalmente, este Juzgado 1ero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos intentada por el ciudadano RONNY JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ contra las empresas COOPERATIVA GONZALVAR R.L, MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCION GONZALEZ, C.A, MANTENIMIENTO GONZAPIR C.A, MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIONES ALVARADO F.P, INGENIERIA ARAUJO C.A. y las personas naturales ciudadanos JOSE MAURICIO GONZALEZ, CRISTOBAL PILAR ALVARADO, ANDRES AVELINO ARAUJO, BELKIS JOSEFINA PIREZ, TERESA RAMONA GONZALEZ y GRACIELA BLANCA AGOS.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez, La Secretaria,
ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA ABG. EVELYN MORENO.
LMRM/JGPCH.