Examinados los términos de la transacción, se evidencia que se encuentra presente el demandante, acompañado de su apoderados judicial, quien es Procurador adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, y la parte demandada esta representada por sus apoderados judiciales, quienes están facultados para este acto, como se evidencia del poder que riela a los autos, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia legal debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en el acuerdo se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, acudiendo personalmente el trabajador a las reuniones de la audiencia preliminar, y que la transacción se encuentra debidamente circunstanciada en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad manifestada en el presente acuerdo, y el pase en autoridad de cosa juzgada. Finalmente, visto que el acuerdo alcanzado a través de u.....