Hoy, 12 de julio de 2006, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, el Alguacil anunció el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial del Trabajo, constatando la presencia del demandante, ciudadano Luís Anselmo Fernández y su apoderado judicial, abogado Cesar Cauro, plenamente identificados en el encabezado de la presente; se deja expresa constancia que no compareció a esta prolongación de la Audiencia Preliminar la parte demandada, Emergencia Médica San Antonio, C.A., ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debe presumirse la admisión de los hechos alegados por el demandante, y en tal sentido, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, atendiendo el criterio jurisprudencial, establecido en la Sen.....