Siendo la oportunidad de publicar el texto integro de la sentencia recaída en la presente causa, incoada por la ciudadana GREIRIMAR LESLYA CABRERA PÉREZ, identificada en el encabezamiento, contra JOSÉ ISIDRO GONZÁLEZ MONTILLA, PAULA CELESTINA NERY OROZCO, y CENTRO DE RECREACIÓN Y ENSEÑANZA DIRIGIDA ?LOS CONSENTIDOS?, por reclamación de prestaciones sociales, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la demandante y de su apoderada judicial y de la incomparecencia de los demandados JOSÉ ISIDRO GONZÁLEZ MONTILLA, PAULA CELESTINA NERY OROZCO, y CENTRO DE RECREACIÓN Y ENSEÑANZA DIRIGIDA ?LOS CONSENTIDOS?, quienes no se presentan, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, a la Audiencia Preliminar, en consecuencia, al constatar la incomparecencia de los demandados, forzosamente debe aplicarse la consecuencia jurídica establecida en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en tal sentido, siendo que emerge de pleno derecho la obligación del Juez de Sus.....