esta sede judicial, siendo que los derechos de índole laboral son por naturaleza irrenunciables, pese a lo cual pueden los trabajadores desistir del proceso mediante el cual incoan demanda, considera procedente y ajustado a derecho, el desistimiento del procedimiento que intentara la ciudadana Miroslava Pacheco Torrealba, contra el Consejo Legislativo del estado Portuguesa, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que intentara la parte demandante, ciudadana Miroslava Pacheco Torrealba, contra el Consejo Legislativo del estado Portuguesa. Publíquese y Regístrese la presente decisión.