Hoy, diecinueve de septiembre de 2011, siendo las 9:30 a. m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en la presente causa, el Alguacil anunció el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial del Trabajo, constatando la incomparecencia de la parte demandante, ciudadana Merarda Antonia Fernández, quien no se hace presente ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno; y la comparecencia del apoderado judicial de la Procuraduría del estado Portuguesa, abogado William Enrique Cerrada Mendoza, en representación de la demandada GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA, en consecuencia, al constatar la incomparecencia de la parte demandante, al inicio de la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivaria.....