Hoy 22 de septiembre de 2014, siendo las 9:30 a. m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Alguacil anunció el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial del Trabajo, constatando la incomparecencia tanto de la parte demandante, ciudadano ALBERTO ANTONIO AGUERO HERNANDEZ, como de la parte demandada, ciudadana MARIA ALEJANDRA VALDEZ DABON; quienes no se hacen presentes en este acto, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, vista la incomparecencia de las partes al inicio de la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Déjese transcurrir el.....