Hoy, 24 de enero de 2006, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la presente causa, el ciudadano Alguacil anunció el inicio del acto en la Sala de Espera de este Circuito Judicial, verificándose la comparecencia del abogado Orlando Mantilla Martínez, apoderado judicial de la parte demandada PROTECCIÓN Y VIGILANCIA MARIVAN C.A., haciendo constar que no se encuentra presente el demandante, ciudadano Rene Alejandro Dolla Rosales, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.