este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 146°.
La Juez
Abg. Carmen Luisa Iglesias Aguiar
La compareciente,
Apoderada Judicial de la parte demandada.
Abg. Arianna Carolina Godoy
La Secretaria,
Abg. Thairy K. Prieto Zambrano