DISPOSITIVA
En merito a las razones antes expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la Ciudadana: SILVIA CHIQUINQUIRA DURAN GRANDA, ya identificada en autos y en consecuencia se obliga al Ciudadano: ALEJANDRO ENRIQUE PAÑA SIVIRA, identificado plenamente en autos, a:
PRIMERO: Cumplir con el pago de una Obligación de Manutención mensual a favor de sus hijas: "omisión de los nombres de las mismas de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente", por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (BsF 326,32), mensuales, a partir del 15 de Junio de 2010, la cual deberá consignar en una cuenta de aho.....