Por cuanto, la presente causa se encuentra en la fase de conclusión del lapso probatorio ha concluido el lapso probatorio. Se ordena, librar oficio a la Gobernación del Estado Portuguesa, ubicado en la ciudad de Guanare y al Director de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa ; para que se sirva informar a este Juzgado, dentro de los Tres (3) días de despacho siguientes, una vez conste en autos la consignación de la presente notificación, en horario comprendido de 08:00 AM, a las 01:00 PM, sobre la Remuneración Integral del ciudadano: RAFAEL SIMÓN GUDIÑO; parte demandada en la presente causa, así mismo constancia de trabajo. Decisión esta motivada en los artículos 8, 369 Y 518, de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE, y los artículos 12 y 401 ordinal 02 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien el Tribunal acuerda como tiempo prudencial para recibir las resultas en un máximo de cinco (5) días de despacho siguie.....