En tal sentido, con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de matrimonio, en virtud de que revisado el Respectivo Libro de Registro de Matrimonio, que reposa por ante este Juzgado se observó trascrito en el mismo únicamente el error material del nombre de la cónyuge de la parte solicitante como "ZULEYMA DELVALLE", no existiendo en el acta los demás errores señalados. En consecuencia se acuerda por tanto la Rectificación de la señalada acta de matrimonio del ciudadano GUISEPPE BALSAMO MANFRE. Por lo cual debe tenerse como el nombre de su Cónyuge "ZULEYMA" y no ZULEIMA como aparece en la referida acta de matrimonio. Por reposar el Libro señalado en este Juzgado por haber ce.....