UNICO: Con los documentos acompañados en la solicitud, (que se encuentran señalados en el integro de la sentencia).Valoradas todas las pruebas traídas por la solicitante a los autos, conforme lo ordena el artículo 509 del Código de procedimiento civil. Este Juzgado considera que se encuentra demostrado que el Ciudadano: JOSÉ ABDON BRACA MARTÍNEZ, deja como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de sus bienes, a su cónyuge y sus hijos, DOMINGA SOFIA HERRERA DE BRACA, titular de la cédula de identidad N° V-4.238.832, RAMÓN DE JESÚS BRACCA HERRERA, ROSA ELENA BRACCA HERRERA, HERICA SOFIA BRACCA HERRERA, YELITZA VICTORIA BRACCA HERRERA, TANIA MARILUZ BRACCA HERRERA, SANTA MARILIN BRACA HERRERA, CARMEN VIRGINIA BRACCA DE LEON, JOSÉ GREGORIO BRACA HERRERA y EUCARIS MIGDALIA BRACA HERRERA "Y así se Declara".- Por las razones expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 93.....