DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FERNANDO ARCADIO PÉREZ y LILA DEL CARMEN LEAL OSTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-8.663.331 y V-10.641.160, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Calle 1, N° 54, Sector Villa Nueva, Araure, Municipio Araure del Estado Portuguesa y la segunda en la Avenida 19, con Calle 8, Casa N° 105, Barrio La Coromoto, Araure, Municipio Araure del estado Portuguesa, asistidos por la Profesional del Derecho ARNALI J. HERNANDEZ CASTAÑEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.368, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Art.....