DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA) intentada por la Abogada MARJORIE MORANTES GAMBOA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 14.941.960, en su carácter de endosataria en procuración de la letra de cambio distinguida con el Nº 1/3 contra el ciudadano LUÍS ALEJANDRO ANDARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.346.118, domiciliado en la ciudad de Araure Estado Portuguesa, Urbanización "Los Mangos", Avenida Principal, casa Nº 50.
En consecuencia, SE CONDENA al ciudadano LUÍS ALEJANDRO ANDARA, antes identificado, a pagar las siguientes cantidades:
La suma de VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS BOL.....