DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO CUEVAS PERNALETE y MARIA DE LOS ANGELES TORIN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números V-7.582.808 y V-11.082.646, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Urbanización Pedro Rodas, Vereda 4, casa N° 22, de Araure Municipio Araure del estado Portuguesa, y la segunda en la calle 5, con avenidas 25 y 26, casa N° 23-21, Araure, Municipio Araure del estado Portuguesa, asistidos por la Profesional del Derecho MARIA LUISA OLACHEA., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 135.601., de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, .....