DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento efectuado en fecha 17/02/2014, por la Abogada Abogada ANELAY KARINA SANCHEZ GONZALEZ, en su carácter co-Apoderada Judicial del BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia se da por terminado el presente juicio, y a tal efecto, se ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial Regional, con sede en la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, en su debida oportunidad.
Se ordena devolver a la parte demandante los documentos originales solicitados, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, para lo cual se autoriza al Secretario de este.....