DISPOSITIVA.-
En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMENTO en la Acción de Amparo Constitucional intentado por la ciudadana: MARLENY NELO, contra el ciudadano: YOHANN MANUEL LOPEZ PALMERA, en su carácter de SINDICO PROCURADOR del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, todos ampliamente identificados en autos; por no haber asistido a la audiencia oral la parte accionante.
Se ordena la remisión del presente fallo al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental del Estado Lara con sede en Barquisimeto, esto de conformidad con el artículo 9 de la Ley orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Remítase con oficio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes.
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