este JUZGADO DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA CON COMPETENCIA EN MATERIA DE ALIMENTOS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el convenimiento extrajudicial inserto a los folios (2 y 3) de este expediente, en los mismos términos y condiciones allí expresados, obligándose el ciudadano: ALIS ALBERTO CARMONA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.753.750, a suministrar Pensión de Alimentos a sus hijos: DANIEL ALEJANDRO, YORMAN DANIEL y LUIS MANUEL CARMONA PEREZ, de cinco (5), tres (3) años de edad y tres (3) meses, respectivamente, en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo) semanal, a partir del mes de julio del año en curso y en los meses de Octubre y Diciembre, a depositar el doble de esta cantidad, es decir, CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,oo) para los gastos escolares y gastos decembrinos, y aportar el 50% de los gastos mé.....