CAPITULOIII
DISPOSITIVO
Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipio Turén y Santa Rosalía del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) CON LUGAR la solicitud de Perención de la Instancia en la presente causa, formulada por la parte demandada, en consecuencia, se decreta la extinción de la causa.
2.-) Se ordena la notificación a la parte demandante.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Déjese por Secretaría copia certificada de este fallo conforme a lo dispuesto en el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, a los fines del Articulo 1.384 del Código Civil, y el Articulo 72 numerales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipio Turén y Santa Rosalía del Segundo Circuito de la Circunscripción Ju.....