Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Turèn Y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y
por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio propuesta por los MANUEL ANTONIO BARRIOS y ANGELA MIREYA SUAREZ plenamente identificados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia:
PRIMERO: Queda DISUELTO el vínculo Matrimonial contraído por MANUEL ANTONIO BARRIOS Y ANGELA MIREYA SUAREZ, por ante Prefectura del Municipio Santa Rosalia del Estado Portuguesa, en fecha 22-12-1986, inserta bajo el Nº 32, del Libro de Registro Civil de Matrimonio, llevado por el Registro Civil del Municipio Santa Rosalia del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: En cuanto a la liquidación de la vivienda familiar, por cuanto, no fue consignado el documento respectivo, se acuerda que dic.....