Con fundamento a las anteriores consideraciones, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara de conformidad con lo previsto en el artículo 773 del
Código de Procedimiento CON LUGAR la solicitud de rectificación DE ACTA DE NACIMIENTO Nº 208, del año 1953 inserta en los Libros de Registro Civil, llevados por ante la Oficina de Registro Principal del Estado Portuguesa, formulada por la ciudadana ZULAY YRENEN FIGUEROA DE SOSA, ampliamente identificada UT supra, y en consecuencia, se ordena la rectificación de dicha Acta de Nacimiento.
Se ordena oficiar al Registrador Principal del Estado Portuguesa y al Registrador Civil del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, a los fines de que se corrija por la vía de nota marginal el acta de nacimiento antes descritas, en los mismos términos establecidos en la presente decisión, de conform.....