Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano: HENRRY MOSQUERA HIDALGO, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurias antes descrita y se le otorga Titulo Supletorio sobre las referidas mejoras y bienhechurias, quedando a salvo los derechos de terceros, dicho solicitante presento: copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de su persona y de los testigos, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal, Cedula Catastral y Plano de Mensura, expedidas por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, Constancia de Residencia expedidas por el.....