Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana POLICARPA LOURDES CASTILLO CASTILLO, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron copia de Cédula de Identidad de los solicitantes, Documento de Poder General en original, Cédula Catastral y Certificado de Empadronamiento en Terrenos No Municipales con fines Habitacionales, expedidos por la Dirección de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, copia de Cédula de Identidad de los testigos, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las .....