PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión y el derecho material de la parte actora, esto es, la demanda por DESALOJO, incoada por los ciudadanos JIAN LIANG ZHENG y MAIYUN ZHENG, representado por su apoderado judicial MARLUIN TOVAR RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.731, en contra del ciudadano VICTOR BARRAEZ, todos identificados supra.
SEGUNDO: Se ordena al demandado ciudadano VICTOR BARRAEZ a hacer entrega a JIAN LIANG ZHENG y MAIYUN ZHENG, representado por su apoderado judicial, el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la planta baja del edificio ALVAREZ, avenida 2, con calle 6, esquina del frente de la Plaza Bolívar, de la Misión Parroquia Canelones, Municipio Turen Estado Portuguesa, que ocupa en su condición de arrendatario, libre de bienes y personas.
TERCERO: Se declara IMPROCEDENTE el pago de los daños y perjuicios, en la cantidad de Quinientos Bolívares mensuales (Bs 500,.....