Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle a la ciudadana: SARA CELINA FIGUEROA SANCHEZ, el derecho de propiedad y posesión sobre el inmueble y se les otorga Titulo Supletorio sobre las Bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros, dicha solicitante presento: Documento registrado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Turèn del Estado Portuguesa, bajo el Nº 2012.4, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Nº 409.16.8.1.581, Libro Real del año 2012, Croquis de levantamiento de Parcela, expedida por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Boliviana de Turén; Planilla Cesión de Traspas.....