DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: ADOLFO RAFAEL REA SUAREZ Y MIGDALIA JOSEFINA SUAREZ PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, el primero domiciliado en el Barrio 23 de Enero del Municipio Ospino Estado Portuguesa, y la segunda en el Barrio Sabana Verde del Municipio Ospino Estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad V 11.425.120 y V 7.423.060, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 22 de Octubre de 1985, por ante el Registro Civil de la Parroquia Guzmán, Municipio Miranda, Estado Falcón, según acta N° 69.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guzmán, Municipi.....