DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana MIRIAN MARLENE VERA RAMIREZ, actuando en representación de sus menores hijos: MARIA LUSMAR LUCENA VERA Y EDIXON ALEXANDER LUCENA VERA. En consecuencia este Tribunal condena al ciudadano LUIS ALFREDO LUCENA LINAREZ, antes identificado a pagar la OBLIGACION ALIMENTARIA en la cantidad de SETECIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.725.000,oo) por cuotas atrasadas , más las que se sigan generando . En caso de que la Ejecución de la misma no pueda hacerse efectiva por no tener a disposición de este Tribunal conocimiento de algún lugar de trabajo del demandado, este Tribunal insta a la ciudadana MIRIAN MARLENE VERA RAMIREZ, Madre de los menores informar a este Juzgado una vez tenga c.....