DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana VICDANI CECILIA JIMENEZ antes identificada, actuando en representación de su hija DIONELA ALEJANDRA JIMENEZ Contra el ciudadano ciudadano THOMAS CARABALLO. ASI SE DECIDE.. No hay condenatoria en costa por la naturaleza del fallo.-
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada.
Dada Firmada sellada y refrendada en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Ospino, a los veintidós (22) días del mes Marzo del dos Mil Cinco (2.005). AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.
La Juez
Abg. JUDITH REVEROL POCATERRA.
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