Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la presente ACCION DE AMPARO, intentada por los ciudadanos RAMON EMILIO HERRERA HERNANDEZ, REYAM YANYLU HERRERA HERNANDEZ Y ROYEM YEDRYL HERRERA HERNANDEZ, ya identificados, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a cargo del Juez Ignacio José Herrera González.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena remitir en consulta las presentes actuaciones al Tribunal Superior Civil del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que es el competente para cono.....