DECISION
Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Desalojo de Inmueble intentado por el ciudadano JOSE MAXIMINO DURAN, identificado en los autos en contra de la ciudadana CLEOTILDE RAMONA TORREALBA SILVA, tal como quedo expresado en la motiva de esta sentencia. En consecuencia se ordena:
PRIMERO: El desalojo del inmueble ya identificado y objeto de este procedimiento, es decir, la desocupación y entrega de la referida vivienda, identificada en autos, libre de personas y objetos materiales, en buen estado y con las respectivas solvencias de servicios públicos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar los cánones de arrendamiento, correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2007, .....