DISPOSITIVA.
Por todas las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Resolución de Contrato, intentada por el ciudadano MIGUEL EDGARDO PEREZ BARRIOS, en su carácter de Representante legal de Firma Mercantil SERVICIOS DE INGENIERIA Y MANTENIMIENTO (SEIMA), asistida por la profesional del derecho abogado MARY CARMEN JIMENEZ, contra el ciudadano HELIO BRASIL MARTIRNS, identificados up supra, todo con fundamento en lo establecido en la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, Artículos 33 y 34, literal A, en consecuencia:
Primero: Se acuerda la entrega del inmueble objeto del referido contrato de Arrendamiento completamente desocupado de bienes y personas, ubicado .....