DECISION
Sobre la base de las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de falta de interés en la parte demandada para sostener el presente juicio
SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad del actor opuesta por el demandado.
En consecuencia, se deja sin efecto la medida de Embargo Ejecutivo decretada por este Tribunal y ejecutada en fecha nueve (09) de Agosto del año 2006, por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino de esta misma Circunscripción Judicial, sobre un Apartamento distinguido con letra y numero B-34 del Conjunto "Residencias Los Apamates", ubicado en la intersección de la .....