Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos: BARBARA GISELA CASTILLO CUICAS Y JUAN JOSE RUIZ CAICEDO , arriba identificados, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía en matrimonio contraído por ante el Director del Registro Civil del Municipio Páez, Estado Portuguesa, en fecha 19 de Junio de 2007, según consta en Acta de Matrimonio N° 285.
En virtud de haber sido declarada la separación de cuerpos en Divorcio queda extinguida la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjense las copias correspondientes.
Dado, sellado, firmado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripció.....