En consecuencia este Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Inadmisible la Apelación interpuesta por el abogado LUIS JAVIER BARAZARTE SANOJA, titular de la cédula de identidad N° 8.067.355, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.663, en su carácter de poderhabiente de la parte actora, plenamente identificada a los autos en contra sentencia dictada en fecha 17 de Enero del 2.012, la cual quedo definitivamente firme en fecha 27 de Enero de 2012 del presente expediente.
LA JUEZ,
ABG. ARACELIS AGUILLON MEZA
La Secretaria Temporal,
Leslieth Colmenarez Lares
AAM/mp