DISPOSITIVA
De todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria propuesta por el ciudadano JOSE LUIS VIEIRA FARIAS, titular de la cédula de identidad N° 11.082.170, debidamente asistido por el Abogado CARLOS RODRIGUEZ, inpreabogado N° 1080319, titular de la cédula de identidad N° 14.887.741, en contra de el ciudadano JUAN BORDA ARANCIBIA, titular de la cédula de identidad N° 5.941.406., domiciliado en la Urbanización La Guajira de Acarigua Estado Portuguesa todos plenamente identificado en autos.
Se condena al demandado a pagar al actor: La cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (BS.4.000.000, oo) por concepto del monto total de las letras de cambio, y la Indexación monetaria, conforme con la tasa de interés del .....