Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: Con lugar la demanda de Rectificación de Acta de Nacimiento planteada por el ciudadano: VICTOR ENRIQUE RIERA OCANTO, venezolano, mayor de edad, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 12.709.654, domiciliado en Durigua 3, Calle 4, casa Nº 37, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa y SEGUNDO: Se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento inserta en fecha 4 de Marzo del 1977, bajo Nº 584, en los Libros de Registro Civil llevados por la entonces Prefectura del Distrito Páez, Actual Registro Civil del Municipio Páez, del Estado Portuguesa.
Remítase copia certificada de esta sentencia a las Oficinas de Registro Civil correspondiente.
Dictada, .....