DISPOSITIVA.
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: Se declara con lugar la demanda que por cumplimiento de contrato propuso la ciudadana ELVIA MARMIGMON DE ORTA contra el ciudadano FREDDY JOSE CHIRINOS PEREZ; SEGUNDO: Se condena al demandado FREDDY JOSE CHIRINOS PEREZ en entregar a la demandante ELVIA MARMIGMON DE ORTA, el inmueble situado en la Avenida 30, entre Calles 23 y 24, al lado del local Nro. 23-55, Acarigua, Estado Portuguesa, libre de personas y cosas; TERCERO: Se condena al demandado FREDDY JOSE CHIRINOS PEREZ a pagar la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 1.500,oo) en concepto del precio del arrendamiento correspondiente a los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2007, Enero y Febrero de 2008, c.....