DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la demanda propuesta por el Abogado NEPTALI GUTIERREZ GUTIERREZ, en su condición de Apoderado Judicial de la Firma Mercantil CENTRO CAUCHOS EL PILAR, C.A, por motivo de Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) en contra del ciudadano JORGE RAMON PAEZ ANGULO, debidamente asistido por el Abogado Gustavo Castillo, todos plenamente identificados en autos.
Se condena en Costas al demandado por haber resultado vencido de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese, y Déjese Copia Certificada.
Dictada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Acarigua, a los veintisiete d.....