DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PAÉZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCION DE DESALOJO DE INMUEBLE, incoada por el ciudadano ORAZIO LI CALZI, representado por su Apoderado Judicial Abogado ANTONIO JOSE GAMEZ ESPINOZA, en contra de la ciudadana: NELLY DE CASTILLO, todos debidamente identificados en autos, y en consecuencia condena a la demandada a la entrega del inmueble objeto del arrendamiento al demandante ORAZIO LI CALZI, libre de cosas y de personas,
Se condena al arrendataria NELLY DE CASTILLO, antes identificada, al pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2007, como también no pagó el correspondiente a los m.....