DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguida por ANTONIO JOSE COLMENAREZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.251.509, actuando como PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÒN CIVIL DE PRODUCTORES CONSUMIDORES Y SERVICIO ¿LA REVOLUCION SOLIDARIA", en consecuencia se condena al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de TRES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 3354,00).
Que comprende las siguientes cantidades
PRIMERO: La cantidad de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 2.580,00) por concepto de la obligación, líquida y exigible. SEGUNDO: La cantidad de CIENTO TRES BOLÍVARES (Bs. 103,oo), que corresponde a los interes.....