Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA ACCIÓN POR DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por el ciudadano JOSE GOMEZ ALVAREZ, contra CONSOLATA LATELLA; sobre un inmueble ubicado en la carrera 5 con calle 14, consistente en un local comercial signado con el N° 3 donde funciona el comercio denominado Foto Estudio Coromoto esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa; en consecuencia se ordena la entrega material del bien inmueble objeto del presente juicio libre de personas y objetos; igualmente se le ordena a la parte demandada cancelar al actor los cánones de arrendamiento desde Febrero 2.002 hasta el mes en que la presente sentencia quede definitivamente, a razón de la cantidad de Cien mil bolívares mensuales.
Se condena en costas a la parte demandada por haber.....