Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de admitir nuevamente la pretensión y fijar el emplazamiento del demandado para la contestación de la demanda, en la acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentada por la Asociación Civil de Productores Consumidores y Servicios Alcon, representada por su presidenta ciudadana MARÍA MASUZZO DE PATERNO, Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 806.570, de este domicilio, representada judicialmente por la abogada Beatriz Urriola de García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.835.152, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.029, de este domicilio, contra el FONDO DE COMERCIO CARNICERÍA, VERDURERA Y FRUTERÍA DEL CENTRO, inscrita en el.....